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Sala Penal Transitoria-Casación N° 1884-2018-Arequipa



Sumilla. Cuando una sentencia de apelación vulnera los principios de legalidad, acusatorio y congruencia procesal; así como adolece de defectos de motivación, la casación es fundada.


DECISIÓN


Por las razones expuestas, los jueces de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República:


I. DECLARARON FUNDADO el recurso de casación formulado por el representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del veinticuatro de setiembre de dos mil dieciocho.


II. EN CONSECUENCIA, CASARON la sentencia de apelación recurrida en los extremos que: i) confirmó la sentencia de primera instancia del veinte de febrero de dos mil dieciocho, en el extremo que impuso treinta y cinco años de pena privativa de libertad para Juan Carlos Tejada Rivera por ser autor del delito de robo con agravantes, en perjuicio de Vicente Bernal Pérez y Rosa Gladys Alejandrina Medrano Medrano. ii) Absolvió a Fernando Francisco Gamio Gómez de la acusación fiscal en su contra.


III. ACTUANDO EN SEDE DE INSTANCIA, REVOCARON el extremo de la pena de treinta y cinco años de privación de la libertad impuesta a JUAN CARLOS TEJADA RIVERA; y, reformándola, le IMPUSIERON la pena de cadena perpetua, la cual conforme a ley será objeto de revisión a los treinta y cinco años del encarcelamiento efectivo.


IV. DISPUSIERON el REENVIO; en consecuencia, ORDENARON la realización de una nueva audiencia de apelación por un colegiado distinto del que dictó la sentencia anulada, en el extremo que absolvió a FERNANDO FRANCISCO GAMIO GÓMEZ, el cual deberá tener en cuenta diligentemente lo señalado en la presente ejecutoria suprema.


V. DISPUSIERON que la presente Ejecutoria sea leída en audiencia pública, remitida al área correspondiente para su publicación en el portal institucional y notificada a las partes apersonadas a esta sede suprema; y cumplido que sea SE DEVUELVA el expediente principal al órgano jurisdiccional de origen, y se archive el cuaderno de casación en esta Corte Suprema.


También pueden descargar en versión de PDF aquí.


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