Elementos a evaluar para determinar la validez de la retractación de la presunta víctima de un delito sexual.
I. Para estimar como válida la retractación de la presunta víctima de un delito sexual debe evaluarse: a) la solidez o debilidad de la declaración incriminatoria, a la luz de los elementos corroborativos actuados; b) la coherencia interna y la exhaustividad del nuevo relato y su capacidad corroborativa; c) la razonabilidad de la justificación de haber brindado una versión falsa o errónea, verificando la proporcionalidad entre el fin buscado y la acción de denunciar falsamente; d) los probables contactos que haya tenido o podido tener el procesado con la víctima que permitan inferir que esta haya sido manipulada o influenciada para cambiar su versión, y e) la intensidad de las consecuencias negativas generadas con la denuncia en el plano económico, afectivo y familiar.
II. En el presente caso, se evaluaron los tres relatos que brindó la presunta agraviada (el primero incriminatorio y los otros dos exculpatorios), a efectos de evaluar si concurren o no los elementos antes descritos, y se concluyó que la retractación de la presunta agraviada resulta creíble y existen elementos probatorios que la corroboran; además, se consideró que el presunto delito no se cometió dentro de un entorno familiar o social próximo.
Pueden descargar con tal solo un clic en versión de PDF
Fuente: Información recuperada a partir de: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7bdc1180427dc87faabfba5aa55ef1d3/RN+1562-2019.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7bdc1180427dc87faabfba5aa55ef1d3
コメント