
EL DELITO DE ABUSO DE FIRMA EN BLANCO: Este delito es un supuesto de defraudación y no necesariamente comparte los requisitos del delito de estafa, sino que tiene sus propios elementos típicos que lo caracterizan. Su configuración presenta tres requisitos:
i) La entrega voluntaria del papel o firma en blanco por parte del sujeto pasivo al sujeto activo para que lo complete en un sentido determinado.
ii) La extensión o redacción del cuerpo por parte del sujeto activo con un contenido diferente al acordado con el sujeto pasivo.
iii) Que el contenido del documento implique un perjuicio patrimonial para el otorgante o un tercero.
EL DELITO DE FALSA ATRIBUCIÓN DE AUTOR ORIGINARIO: El bien jurídico protegido son los derechos de autor y conexos, los cuales se proyectan sobre las obras, que conforme con la Ley de Derechos de Autor, son toda creación intelectual personal y original, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma, conocida o por conocerse. Estas pueden tener un carácter literario, científico, técnico, artístico o meramente práctico. En ese aspecto, la conducta delictiva recae sobre las obras. Por su parte, si la acción recae sobre las patentes de invención o los signos distintivos como las marcas de servicio, su tipificación corresponde a los tipos penales contra la propiedad industrial, en la medida que cumplan con sus presupuestos típicos.
También pueden descargar en versión de PDF
Información recuperada a partir: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/26fc910043fa8beba967bdc9d91bd6ff/CAS+1130-2018+%281%29.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=26fc910043fa8beba967bdc9d91bd6ff
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