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Diligencia preliminar sin presencia de representante del Ministerio Público



El mérito probatorio excluyente que ostentan aquellas diligencias actuadas con intervención del Ministerio Público, sólo se da en el escenario de hechos a los cuales es de aplicación el Código de Procedimientos Penales, teniendo en cuenta, estar expresamente establecido en los artículos 62 y numeral 3 del artículo 72 del citado cuerpo legal; aconteciendo situación distinta en aquellos casos reglados por el Código Procesal Penal de dos mil cuatro – Decreto Legislativo 957, al estipular modelo procesal distinto.


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