CASACIĆN LABORAL N° 11727-2016-LIMA SUR - REPOSICIĆN
- 23 ago 2021
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La invalidez absoluta permanente, constituye una causal vĆ”lida de extinción del vĆnculo laboral, siempre que la Comisión MĆ©dica Evaluadora y Calificadora de Incapacidades de Essalud o del Ministerio de Salud evaluĆ© fisicamente al trabajador con vista de su historia clĆnica y determine que el menoscabo y grado de incapacidad para el trabajo, es en proporción igual o superior a los dos tercios.
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